Extranjería · Arraigo
Arraigo social en 2026: requisitos, documentos y cómo solicitarlo paso a paso
El arraigo social es la autorización de residencia por circunstancias excepcionales que permite regularizarse a quien lleva al menos 2 años en España de forma continuada, no tiene antecedentes penales, acredita medios económicos propios o familiares y demuestra vínculo social —normalmente con el informe de arraigo de su comunidad autónoma. Tras el RD 1155/2024 ya no exige contrato de trabajo y habilita para trabajar desde la concesión. Esta guía cubre requisitos, documentación, plazos y qué hacer si te lo deniegan.
Publicado: 2 de septiembre de 2026Última revisión: 2 de septiembre de 2026Autora: Flavia Laco, abogada colegiada n.º 3092 ICA Castellón
Qué es el arraigo social y para quién es
El arraigo social es la vía de regularización más utilizada en España: está pensada para personas en situación irregular que ya han construido su vida aquí y pueden probarlo. A diferencia del arraigo sociolaboral, no depende de que un empleador te ofrezca contrato, y a diferencia del familiar, no exige vínculo con ciudadano español. Su fortaleza es la prueba: quien documenta bien dos años de vida en España tiene un expediente sólido.
Se regula en el Reglamento de Extranjería reformado por el RD 1155/2024, en vigor desde mayo de 2025. Si leíste requisitos anteriores a esa fecha, están desactualizados: el periodo bajó de 3 a 2 años y desapareció la exigencia de contrato. Consulta el mapa completo de modalidades en la guía general del arraigo.
Los cuatro requisitos, uno a uno
- Permanencia continuada de 2 años en España. Se prueba con documentos fechados a tu nombre: padrón histórico, tarjeta sanitaria, envíos de dinero, matrículas, recibos, informes médicos. Las ausencias breves no rompen la continuidad; las prolongadas sí. Cuantos más documentos de fuentes distintas, mejor.
- Ausencia de antecedentes penales en España y en los países donde hayas residido los últimos cinco años. El certificado extranjero debe estar apostillado o legalizado y traducido, y tiene caducidad: no lo pidas demasiado pronto.
- Medios económicos suficientes, propios o de los familiares con quienes convives, referenciados al IPREM. Si vives con un familiar que trabaja, sus nóminas y la convivencia acreditada pueden cubrir este requisito.
- Vínculo social acreditado. Normalmente mediante el informe de arraigo que emite tu comunidad autónoma (en la Comunitat Valenciana, a través de la Generalitat). Es el documento que más tarda: pídelo el primero. Alternativamente, el vínculo puede acreditarse por familiares con residencia legal.
Documentación completa para presentar
| Documento | Detalle |
|---|---|
| Formulario EX-10 | Solicitud de residencia por circunstancias excepcionales, firmado |
| Pasaporte completo | En vigor, con copia de todas las páginas |
| Prueba de permanencia | Padrón histórico y documentos fechados de los 2 años |
| Antecedentes penales | Del país de origen (apostillado y traducido) — los de España los consulta la Administración |
| Informe de arraigo | Emitido por la comunidad autónoma, o prueba de familiares con residencia legal |
| Medios económicos | Contrato, nóminas, extractos, o los de familiares convivientes con padrón conjunto |
| Tasa 790-052 | Justificante de pago |
El error más frecuente: presentar con la prueba de permanencia floja. Un padrón que empieza hace 18 meses y nada más deja el expediente al criterio de la oficina. Antes de presentar, reconstruimos contigo los dos años documento a documento.
Cómo se solicita y cuánto tarda
El expediente se presenta telemáticamente ante la Oficina de Extranjería de tu provincia de residencia —la de Castellón o la de Valencia en nuestro ámbito—, con representación de abogada colegiada. El plazo legal de resolución es de 3 meses; pasado sin respuesta, el silencio es negativo y se puede recurrir. Con la concesión, tienes un mes para pedir cita de huellas y obtener tu TIE; la autorización inicial dura un año y se renueva pasando a residencia ordinaria.
Si necesitas cita para huellas o para cualquier gestión presencial, en la guía de cita previa de extranjería explicamos cómo conseguirla sin caer en reventas ilegales.
Si te deniegan el arraigo social
Los motivos habituales son prueba de permanencia insuficiente, medios no acreditados o antecedentes. Todos tienen respuesta: recurso de reposición en 1 mes o contencioso-administrativo en 2 meses, o una nueva solicitud subsanando el fallo cuando es de prueba. Muchos expedientes se ganan en recurso cuando el problema fue documental, no de fondo. Lo que no cabe es dejar pasar los plazos. Las vías de defensa en detalle están en recursos de extranjería.
Arraigo social en Vinaròs, Castellón y Valencia
Presentamos expedientes de arraigo social cada semana ante las Oficinas de Extranjería de Valencia y de Castellón y conocemos los criterios y los tiempos reales de cada una. En Valencia, donde se concentra el mayor volumen de arraigos de la Comunitat, el cuello de botella suele ser el informe de arraigo; en Castellón y Vinaròs, la prueba documental de los dos años en municipios pequeños. El informe de arraigo autonómico lo gestiona la Generalitat Valenciana, cuyo circuito dominamos. Desde otras provincias, lo tramitamos igual por videoconsulta: la presentación es telemática.
Fuentes oficiales de este trámite
- Ley Orgánica 4/2000 (consolidada) — el texto legal de referencia en extranjería
- Sede electrónica de la Administración — presentación telemática de solicitudes
- Cita previa de extranjería — citas en oficinas de extranjería y policía
Preguntas frecuentes sobre el arraigo social
¿Cuánto tiempo tengo que llevar en España para el arraigo social?
Dos años de permanencia continuada, tras la reforma del RD 1155/2024 (antes eran tres). Se prueba con documentos fechados a tu nombre, no solo con el padrón. Las ausencias cortas no interrumpen el cómputo.
¿Necesito contrato de trabajo para el arraigo social?
No. Desde la reforma de 2024 el arraigo social no exige contrato ni oferta de empleo: basta acreditar medios económicos propios o de los familiares con los que convives. La modalidad que sí exige contrato es el arraigo sociolaboral.
¿Qué es el informe de arraigo y quién lo emite?
Es el documento que acredita tu integración social, emitido por la comunidad autónoma —en la Comunitat Valenciana, por la Generalitat—. Valora tiempo de permanencia, vivienda, familia y formación. Es el trámite más lento del expediente: conviene solicitarlo el primero.
¿Puedo trabajar con el arraigo social?
Sí. La autorización de residencia por arraigo social habilita para trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia desde su concesión, sin autorización adicional.
¿Cuánto tarda en resolverse?
El plazo legal es de tres meses desde la presentación. Si pasa sin respuesta, el silencio es negativo y puede recurrirse. Concedido, dispones de un mes para solicitar la TIE con huellas.
¿Qué pasa si me lo deniegan?
Puedes recurrir en reposición (un mes) o en contencioso-administrativo (dos meses), o presentar una nueva solicitud corrigiendo el defecto. La estrategia depende del motivo exacto de la denegación: trae la resolución a consulta.

Flavia Laco · Abogada colegiada n.º 3092 del ICA Castellón, con abogada en ejercicio desde 2011, especializada en Derecho de Extranjería, Civil y Administrativo. Doctora en Derecho y Ciencias Sociales (UDELAR) con título homologado en España. Revisa personalmente todo el contenido de esta página. Conoce su trayectoria.
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